El
Tribunal Supremo ha ratificado este viernes que los retratos de Carlos IV y su mujer María Luisa de Parma pintados por Goya en 1789 por encargo de la
Sevilla" class="entity-link entity-organization" data-entity-id="71395" data-entity-type="organization">Real Fábrica de Tabacos de
Sevilla pertenecen al
Estado y no a la multinacional de tabaco
Altadis. De esta manera, y tras años de litigio, la sentencia concluye que la empresa no se puede hacer con la propiedad de los lienzos alegando un derecho real a través de su posesión continuada durante un tiempo determinado, lo que se conoce como usucapión.“
Altadis no comparte el contenido de fondo de la sentencia y entiende que era la legítima propietaria de los retratos, cosa que el propio
Estado reconoció en múltiples ocasiones, siendo la más significativa la firma de un contrato de comodato en 1999.
Altadis acata la resolución judicial, frente a la que no cabe interponer recurso”, ha contestado la empresa a EL PAÍS.Los retratos fueron un encargo de la
Sevilla" class="entity-link entity-organization" data-entity-id="71395" data-entity-type="organization">Real Fábrica de Tabacos de
Sevilla para ser expuestos en un monumento efímero que iba a ser colocado ante la fachada de la fábrica, como parte de las fiestas con las que la ciudad de
Sevilla celebró el comienzo del nuevo reinado de Carlos IV. El Supremo subraya que es “un hecho incuestionado que pertenecían al patrimonio de la corona en 1789 y luego pasaron al
Estado”. Tras las fiestas conmemorativas, las obras se colgaron en las dependencias de la Real Fábrica de
Sevilla. En 1887, un inventario señalaba que la empresa poseía “ocho retratos de reyes pintados al óleo con marcos dorados”, pero, según un documento que se incluye en la sentencia del Supremo, no aparece el nombre del pintor. Fue en ese año cuando se arrendó el monopolio de la producción y comercialización de tabaco a la Compañía Arrendataria de Tabaco (CAT), una compañía privada cuyo accionista mayoritario era
Banco de España y supervisada por el
Estado. En 1946, cuando Tabacalera compró a CAT uno de sus edificios en la calle Barquillo, de
Madrid, aparecieron estos dos cuadros colgados en una de las paredes, relata la sentencia. “Un informe de los servicios jurídicos del
Estado de 23 de abril de 1985 entendió que los dos retratos eran propiedad del
Estado. Lo que tuvo su reflejo en la comunicación del
Estado a Tabacalera S. A., en fecha 25 de septiembre de 1986, en la que expresamente se manifiesta que no se han incluido en el inventario de los bienes a aportar a Tabacalera por parte del
Estado español los dos cuadros de Goya, porque se considera que eran del
Estado”, se lee en el documento del Supremo. Ese mismo año, Tabacalera hace su propio informe y determina que las piezas son de su propiedad. Años después, la empresa, ya
Altadis, por petición de Patrimonio, permitió que los cuadros se expusieran en distintas muestras fuera y dentro de España, aunque siempre, se especifica en el texto, “bajo la posesión” de esta compañía según varios contratos que se adjuntan. Este acuerdo fue firmado con Mariano Rajoy como ministro de Cultura, en 1999. Entre las cláusulas de estos acuerdos destaca la segunda, que ya especificaba que el Ministerio de Educación y Cultura y Tabacalera “tienen intención y ya han iniciado conversaciones para que tanto los cuadros antes señalados [los retratos] como el archivo histórico de Tabacalera, S. A. pasen a ser de titularidad estatal, dado el interés cultural de estos bienes y la posibilidad de contribuir a su mejor conocimiento y difusión”.Este contrato, con una prórroga, estuvo en vigor hasta 2007, ya con el Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero. Fue entonces cuando
Altadis solicitó, recuerda el Supremo en una exhaustiva cronología, “la dación en pago de impuestos con los dos retratos”. La petición fue denegada tras un informe en contra de la Comisión de Valoración de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de bienes del patrimonio Histórico Artístico español de 7 de mayo de 2008.La empresa tabacalera siguió buscando otras alternativas. En 2014, le pidió al Ministerio de Cultura “autorización para enajenar aquellos activos que no estaban estrictamente relacionados con la actividad comercial de la empresa, entre los que se incluían los dos retratos”. Un año después, la Dirección General de Bellas Artes, después de una investigación, volvió a remachar que la propiedad de las obras era estatal. A partir de 2017, la disputa de la propiedad de los cuadros se encarriló por la vía judicial. En estos años, ha
Estado en un juzgado de
Madrid, en la Audiencia Provincial, hasta que finalmente el Supremo ha cerrado el litigio, ya que, como recuerda
Altadis, no cabe recurso.Desde el Ministerio de Cultura aseguran que todavía no disponen de la sentencia: “Por lo tanto, no hemos podido leerla ni analizarla. En cualquier caso, nos parece una buena noticia recuperar estos dos cuadros”.