El magistrado del
Tribunal Constitucional Jos� Mar�a Mac�as ha denunciado que el �rgano de garant�as aplica un doble rasero a la hora de validar decretos-leyes, seg�n qui�n los promueva. Este magistrado, miembro del sector conservador del TC, denuncia la �obsequiosa deferencia que se emplea con el Gobierno de la Naci�n� y los m�ltiples decretos-leyes que aprueba el Ejecutivo de Pedro S�nchez y que, sin embargo, aplica un �rigor extremo� a los que aprueban otros gobiernos auton�micos. En concreto, se refiere a la sentencia del tribunal donde se anul� un decreto-ley del
Gobierno balear presidido por
Marga Prohens (PP) y sobre la que Mac�as ha formulado un voto particular.El Pleno del
Tribunal Constitucional estim� la semana pasada el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por los grupo parlamentarios Socialista,
Sumar y el Grupo Mixto del
Congreso de los Diputados contra un decreto-ley del Gobierno de Prohens por el que se modifican diversas normas del ordenamiento jur�dico de las
Islas Baleares en materia de espacios naturales, fomento, agricultura, educaci�n, empleo p�blico, turismo, urbanismo y vivienda.Se da la circunstancia de que el decreto-ley impugnado ante el TC se hizo para rectificar una ley aprobada dos d�as antes, ya que la misma derivaba de un error de votaci�n que hizo posible la aprobaci�n de una treintena de enmiendas que, en realidad, se pretend�a rechazar.La sentencia del Pleno evalu� si los motivos aducidos por el
Gobierno balear para aprobar el citado decreto-ley se ajustaban al presupuesto habilitante para adoptar estas normas, consistente en la existencia de una situaci�n de extraordinaria y urgente necesidad.Emite un voto contra el fallo que anula un decreto de BalearesTanto en el pre�mbulo del decreto-ley 5/2024 como en el debate parlamentario de convalidaci�n del mismo se justific� esta situaci�n por la necesidad de corregir un �error humano, p�blico y notorio�, producido durante la votaci�n parlamentaria previamente celebrada. A criterio del ejecutivo auton�mico, este error determinaba que el contenido de la norma no reflejara �la verdadera voluntad de la mayor�a parlamentaria�. Para justificar la aprobaci�n del decreto-ley, el Gobierno de Prohens tambi�n adujo que, si el contenido de la ley no se correg�a de inmediato, se pod�an generar efectos contrarios al inter�s general y a la seguridad jur�dica.En cambio, el Pleno del Constitucional por amplia mayor�a -s�lo ha formulado voto particular Mac�as, mientras el magistrado Enrique Arnaldo anunci� un voto concurrente- ha concluido que los motivos aducidos por el
Gobierno balear no pueden considerarse una situaci�n de extraordinaria y urgente necesidad en el sentido establecido en el art�culo 86 de la Constituci�n.El Ejecutivo de Prohens corrigi� por esa v�a un error de votaci�nEn su voto, al que ha tenido acceso EL MUNDO, Mac�as recuerda que el Constitucional ha afirmado que �las razones de seguridad y certidumbre jur�dicas, junto con el amplio �mbito personal de afectaci�n de la norma, la envergadura de los intereses econ�micos o la naturaleza de los derechos comprometidos son justificaci�n de la necesidad para acudir al decreto-ley, circunstancias que se dan en el presente supuesto para impedir que se produjeran las consecuencias del efecto derogatorio de una norma que iba a perder su vigencia posteriormente de manera pr�xima en el tiempo, generando con ello un per�odo transitorio jur�dicamente incomprensible y del que solo pod�a resultar perjuicio para los afectados�.De ah� que el magistrado discrepante incida en que �el objetivo del decreto-ley no consist�a en enmendar la plana al Parlamento balear, sino en evitar que los ciudadanos padecieran las consecuencias de una situaci�n jur�dica no razonable, y eso, en las muy peculiares circunstancias del caso, lo entiendo necesario y urgente m�s all� de una construcci�n te�rica general que prescinde de la realidad de la situaci�n creada�.De igual manera, Jos� Mar�a Mac�as indica que no han sido pocas las ocasiones en las que ha expresado su profunda discrepancia �con la forma en c�mo �ltimamente este Tribunal viene aplicando su doctrina en relaci�n con el presupuesto habilitante de los reales decretos-leyes, que a la postre se est� traduciendo en una deferencia desbordante a favor del Ejecutivo, sobre todo del estatal�.Prosigue este miembro del bloque conservador del TC se�alando que, �muy a menudo�, la justificaci�n de los decretos-leyes �confunde la urgencia con la necesidad, como si fueran una misma cosa y no dos requisitos diferenciados, y con ello se prescinde de todo an�lisis de la urgencia. Y m�s a menudo a�n se prescinde de todo examen de la conexi�n de sentido o racionalidad de la justificaci�n de la norma con la situaci�n f�ctica a la que supuestamente atiende, y ello bajo el argumento de que nuestra revisi�n de constitucionalidad ha de consistir en un mero control externo, algo que nuestra pr�ctica real ha transformado en un simple control aparente�.�La din�mica en la que se ha introducido este Tribunal en relaci�n con la tipolog�a de normas que ocupa este voto particular�, denuncia Jos� Mar�a Mac�as, �me lleva a concluir que la obsequiosa deferencia que se emplea con el Gobierno de la Naci�n contrasta vivamente con el rigor extremo que se emplea con el
Gobierno balear en el presente caso, incluso en una situaci�n de evidente y claro perjuicio para los ciudadanos de las
Islas Baleares, contraste tanto m�s evidente cuanto que, pese a lo lamentable del episodio, acaso sea de las pocas ocasiones en las que tanto la necesidad como la urgencia han sido debidamente justificadas�.