El Supremo obliga a tributar en el IRPF la indemnización por salarios no cobrados
El Tribunal Supremo de España dictaminó el 10 de marzo que las indemnizaciones por salarios no cobrados deben tributar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). La sentencia rechaza el recurso de un particular contra un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
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AI-generatedEl Tribunal Supremo de España dictaminó el 10 de marzo que las indemnizaciones por salarios no cobrados deben tributar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). La sentencia rechaza el recurso de un particular contra un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias. El caso se centra en una indemnización que un exempleado de Bankia recibió en 2014 por no ser reincorporado a su puesto tras una excedencia, equivalente a los salarios no percibidos. El Supremo argumenta que la indemnización corresponde a un daño patrimonial, derivado de un perjuicio económico (lucro cesante), y no a un daño personal, por lo que no está exenta de tributación en el IRPF. La decisión establece que este tipo de compensaciones se consideran ingresos sujetos al impuesto.
Article analysis
Model · rule-basedKey claims
5 extractedEn este caso, nos encontramos ante un lucro cesante (salarios no percibidos) y no ante un daño personal.
Se trata de una indemnización por daños patrimoniales, derivada de un perjuicio económico, y no ante una indemnización de carácter personal.
La ley se refiere a indemnizaciones derivadas de daños personales, bien sean físicos o psíquicos.
La sala de lo contencioso rechaza el recurso de un particular contra un fallo de octubre de 2023 del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
El Supremo obliga a tributar en el IRPF la indemnización por salarios no cobrados.