La Sección Tercera de la
Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a Manuel T., el sevillano que fingió ser sacerdote, a dos años y un día de prisión así como a una multa de 1.086 euros, por un delito de estafa tras haber efectuado un "grave perjuicio económico" a cinco afectados que acudieron a él para solventar una "delicada situación económica". Según la sentencia, emitida el pasado 12 de marzo y facilitada por la Oficina de Comunicación del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), los cinco afectados "pasaban por una mala situación económica" y, ante la "imposibilidad de hacer frente a sus deudas" pidieron ayuda otros dos investigados junto a Manuel T. ya que "habrían tenido conocimiento de que se dedicaban a refinanciar deudas y conceder préstamos". Así es como les solicitaron 65.500 euros que se les devolvería en un plazo de seis meses. Es entonces cuando uno de los encausados, de acuerdo con Manuel T. "con el fin de conseguir de manera inmediata e ilícita un beneficio económico" y bajo la pretensión de que Manuel "necesitaba liquidez para cumplir con los fines de la
Fundación Luz del Mundo que gestionaba, convencieron a los afectados para que aportaran sus propiedades como garantía del préstamo" y a cambio de la cantidad solicitada. Emisión de un préstamo hipotecario Fruto de esta situación, se procedió en enero de 2012 a la emisión de la escritura de préstamo hipotecario y de cuatro cheques nominativos a favor de Manuel . En las escrituras reflejaban se hacía constar que se había entregado con anterioridad a los afectados un total de 144.600 euros, de los cuales, 79.100 euros se habían entregado en efectivo y 65.000 mediante cuatro cheques nominativos, emitidos a favor de Manuel. El plazo de duración del préstamo era hasta abril de 2012, fecha en la que los deudores debían devolver la cantidad de algo más de 150.000 euros , en la que se integran los intereses . De igual forma, se establecía a favor de los acusados en garantía del préstamo acordado, hipoteca voluntaria sobre las fincas de los afectados. En consecuencia de todo ello, ninguno de los afectados recibió "cantidad alguna en concepto de préstamo, se les reclamó judicialmente la cantidad de 144.600 euros que nunca habían recibido y perdieron las fincas de su propiedad ". Por otro lado, en lo relativo a la venta de una nave industrial en
Jerez de la Frontera (
Cádiz) a un matrimonio, el tribunal asegura que "no se ha escuchado a ambos como investigados, no se les ha preguntado por su intervención en este hecho". En su argumentación, el tribunal hace alusión a la sentencia del 17 de noviembre de 2020 de la Audiencia Provincial de
Cádiz y confirmada posteriormente por el Tribunal Supremo de Justicia, que expresa que Manuel. T. fue el que construyó el engaño, "haciendo creer a sus víctimas que era una persona muy adinerada y dedicada a una labor benefactora al frente de una fundación con gran actividad y medios". Asimismo, les convenció de que "ocasionalmente tenía un problema de liquidez, de poca gravedad en comparación con su solvencia, y que estaba dispuesto a compensarles muy generosamente si colaboraban con él para superar ese problema".