El Gobierno de
Pedro Sánchez saca pecho de consolidar a España como un país en el que “la protección y garantía de los derechos humanos ocupa un lugar central”, en el preámbulo del real decreto con el que se pretende regularizar la situación de, al menos, medio millón de personas que viven de manera irregular en el país. El
Consejo de Ministros ha dado este martes la luz verde definitiva a la séptima regularización extraordinaria de inmigrantes, después de que el gobierno de
José Luis Rodríguez Zapatero aprobase la última en el 2006. Con medio mes de retraso respecto al calendario inicial, sale adelante un texto, más duro que el original, que otorgará permisos de residencia y trabajo a los migrantes mayores de edad que puedan acreditar haber llegado a España antes del 1 de enero del 2026, además de demostrar haber permanecido cinco meses consecutivos en el país a la hora de presentar la solicitud. Según el real decreto, al que ha tenido acceso La Vanguardia, servirán finalmente documentos caducados como el pasaporte, pero no una mera declaración de inexistencia de antecedentes penales.¿Cuándo y dónde se pueden iniciar los trámites?El real decreto que se aprueba en
Consejo de Ministros deberá ser publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para que arranque el proceso. Según ha anunciado la ministra de Migraciones,
Elma Sáiz, este mismos jueves 16 de abril se iniciará de forma telemática y el día 20, el próximo lunes, de forma presencial. Las citas para realizar los trámites del segundo modo se podrán pedir desde el jueves. Habrá ventanillas propias en la
Seguridad Social y en
Extranjería, pero también en las oficinas de
Correos donde se podrán acudir personalmente o delegando el asunto en abogados u oenegés acreditadas. Habrá una solicitud específica en dos páginas webs oficiales: la del
Ministerio de Migraciones y en Política Territorial. La empresa pública
Tragsa, aunque el
Consejo de Estado puso reticencias sobre su elección, se encargará de ayudar al Gobierno en los trámites administrativos, pero no resolverá expedientes.¿Cuáles son los requisitos para conseguir los papeles?El principal es acreditar una permanencia continuada de, como mínimo, cinco meses en el momento de la solicitud y haber residido en España antes del 31 de diciembre del 2025. Otro de los requisitos indispensables es carecer de antecedentes penales. Pero hay más. Los solicitantes deben demostrar, al menos, uno de los tres requisitos siguientes para lograr la autorización de residencia. Haber trabajado, por cuenta ajena o propia, durante su estancia en España o acreditar la intención de hacerlo, presentando por ejemplo un contrato de trabajo. Permanecer en España con hijos menores de edad o mayores con discapacidad, que requieran del apoyo del solicitante. Encontrarse en situación de vulnerabilidad, conforme a un modelo específico de las entidades competentes en asistencia social.¿Qué se concede?Los beneficiarios de la regularización, que según las estimaciones del Gobierno pueden ser medio millón, obtendrán una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales por razón de arraigo social. Tendrá un vigencia de un año, habilitando a sus titulares a residir y trabajar por cuenta ajena o propia en cualquier parte del territorio español, ocupación o sector de actividad. Durante el mes inmediatamente posterior a la concesión de la autorización, la persona deberá solicitar la tarjeta de identidad de extranjero.¿Cuánto tardará la administración en resolver?Los informes sobre los que trabaja el Gobierno prevé una avalancha de solicitudes, cifrada en unas 750.000. De las que se estima conceder unas 500.0000. Según el real decreto aprobado, el “plazo máximo” para la resolución del procedimiento y notificación de la resolución será de tres meses a partir del día siguiente de la fecha en que haya tenido entrada en el registro. “Transcurrido el plazo máximo de resolución de tres meses sin que se haya notificado la resolución, se entenderá que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo”, reza el texto. Las regularización extraordinaria podrá ser solicitada hasta el 30 de junio del 2026. La competencia para la resolución del procedimiento corresponde a la Dirección General de Gestión Migratoria.¿Cómo se demuestra la residencia?La residencia habitual se podrá acreditar “mediante aportación de cualquier prueba válida en derecho” con información que permita identificar a la persona que desea obtener los papeles. Aunque el decreto no lo concreta, fuentes ministeriales, han venido informado estos meses que servirán documentos como el padrón, informes de citas médicas, certificados de asistencia a recursos sociales, contratos de alquiler, envíos de dinero o billetes de transporte. Además, será necesario presentar una copia del pasaporte, que podrá estar vigente o caducado. En este caso, Migraciones ha desoído a las recomendaciones del órgano consultivo que preside Carmen Calvo, que mostró sus dudas sobre los documentos expirados.¿Cómo se demuestra la inexistencia de antecedentes?La unidad de tramitación de expedientes de
Extranjería recabará de oficio un informe del Registro de Penados, en el caso de aquellos que lleven más de cinco años en España, siendo el plazo para ser emitido de quince días. Para los inmigrantes que hayan residido los últimos cinco años en otros países, se deberá aportar un certificado de antecedentes penales o documento equivalente expedido por las autoridades del país correspondiente. Si el país de origen no atiende la petición en un mes, el Gobierno por la vía diplomática puede interceder, llegando a paralizar el proceso durante tres meses. Si finalmente, en ese trimestre, no responde se le darán otros 15 días al interesado para aportarlo, pero no servirá una mera declaración responsable de inexistencia de antecedentes, como se contemplaba en un primer momento. Tal y como exigía el Ministerio del Interior, el certificado será imprescindible: sin él no habrá papeles.Joaquín VeraPeriodista especializado en información de Interior, Seguridad y Terrorismo Ver más artículos Redactor de la sección de Política de La Vanguardia. A cargo de la información de Interior y Defensa, con el foco en la Seguridad y el Terrorismo