Inmigraci�nLas solicitudes telem�ticas podr�n presentarse a partir de este jueves 16 de abril, as� como la reserva de cita previa. Se atender� de forma presencial desde el pr�ximo lunes 20Ciudadanos marroqu�es hacen cola frente al consulado de Marruecos en Almer�a.Actualizado Mi�rcoles, 15 abril 2026 - 11:43Audio generado con IAEntre 500.000 y un mill�n de inmigrantes que permanecen en Espa�a de forma irregular podr�n presentar su solicitud para legalizar su situaci�n administrativa a partir de ma�ana. As� lo establece el Real Decreto por el que se aprueba la regularizaci�n extraordinaria, publicado este mi�rcoles en el Bolet�n Oficial del Estado (BOE).La norma, adem�s de introducir dos figuras excepcionales que podr�n solicitarse hasta el 30 de junio de 2026 por solicitantes de protecci�n internacional o personas en situaci�n irregular, introduce una serie de cambios en el Reglamento de Extranjer�a. Las solicitudes telem�ticas podr�n presentarse a partir de este jueves 16 de abril, as� como la reserva de cita previa, imprescindible para la presentaci�n presencial de las solicitudes, disponible desde el pr�ximo lunes 20.Una de las novedades m�s relevantes es la habilitaci�n provisional para trabajar y residir para los nuevos tipos de arraigo, as� como el arraigo sociolaboral, desde la comunicaci�n del inicio del tr�mite. Esto se incorpora "a efectos de facilitar el inicio de la relaci�n laboral y que la dilaci�n que pudiera existir hasta la resoluci�n del procedimiento no afecte al mantenimiento de la oferta de trabajo".En esta l�nea, el decreto tambi�n flexibiliza las pr�rrogas y modificaciones de autorizaciones anteriores. Por ejemplo, para modificar un permiso concedido por arraigo ya no ser� necesario acreditar la b�squeda activa de trabajo si existen "circunstancias justificadas que impidan el acceso al empleo" como "enfermedad o discapacidad o haber alcanzado la edad legal de jubilaci�n".A los estudiantes extranjeros se les prorrogar� la validez de su permiso para evitar vac�os legales, siempre que soliciten la misma en un periodo de cinco meses: dos antes de que caduque la autorizaci�n y tres despu�s de que lo haga.Los titulares de una autorizaci�n de protecci�n internacional por razones humanitarias ser�n habilitados para acceder al r�gimen general de modificaci�n de autorizaciones, lo que, a priori, significa que podr�n cambiar su situaci�n administrativa a otro tipo de residencia de forma m�s sencilla si cumplen los requisitos. Esta �ltima modificaci�n cobra especial importancia despu�s de que el Gobierno admitiera el cese de las concesiones de protecci�n temporal por razones humanitarias a los ciudadanos que provienen de Venezuela.El apoyo institucional y la facilitaci�n administrativa vertebtran el texto, teniendo en cuenta la "urgencia" con la que le Gobierno busca ejecutar este proceso extraordinario. A estos efectos, y para agilizar la tramitaci�n de las solicitudes previstas, el decreto habilita a la red de oficinas de Correos para "informar, ayudar y gestionar" la presentaci�n telem�tica de las solicitudes. Esta labor incluye la presentaci�n telem�tica de las solicitudes de autorizaci�n y, en su caso, la documentaci�n adicional o correcciones necesarias. Por otra parte, funcionarios de Tragsa y Tragsatec labores de apoyo t�cnico y canalizaci�n documental.Obligatorio no tener antecedentes penales para poder acogerse a la regularizaci�n de inmigrantes"Perspectiva de la infancia"El Gobierno incorpora la "perspectiva de la infancia" como un prisma desde el que concebir el texto con la intenci�n de reforzar la protecci�n del menor. Sus solicitudes se presentar�n y resolver�n de manera simult�nea a la de sus padres y, de resolverse favorablemente, tendr�n una validez de cinco a�os.De cara a su obtenci�n de autorizaciones de residencia, se flexibilizan los requisitos: ya no hace falta que los menores hayan permanecido en Espa�a durante los dos a�os anteriores a la presentaci�n de la solicitud; basta con los cinco meses anteriores a la misma.Tampoco ser� necesario que sus progenitores acrediten disponer de los medios econ�micos ni del alojamiento que normalmente se exige para la reagrupaci�n familiar.En la misma l�nea, se ampl�a la lista de familiares que pueden solicitar la residencia si se encuentran ya en Espa�a. A partir de ahora los hijos mayores de 18 a�os y ascendientes directos tambi�n podr�n hacerlo.