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WED · 2026-04-15 · 09:43 GMTBRIEF NSR-2026-0415-68761
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NSR-2026-0415-68761·ES

Así es el Real Decreto para regularizar a 500.000 inmigrantes: apoyo institucional, residencia legal con la admisión a trámite y prórrogas sin búsqueda de empleo si hay "circunstancias justificadas"

Un Real Decreto publicado en España permitirá que entre 500.000 y un millón de inmigrantes en situación irregular soliciten la legalización de su situación a partir del 16 de abril de 2026. La norma introduce dos figuras excepcionales de solicitud hasta el 30 de junio de 2026 y modifica el Reglamento de Extranjería.

Silvia LorenzoEl MundoFiled 2026-04-15 · 09:43 GMTRead · 3 min
Así es el Real Decreto para regularizar a 500.000 inmigrantes: apoyo institucional, residencia legal con la admisión a trámite y prórrogas sin búsqueda de empleo si hay "circunstancias justificadas"
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Un Real Decreto publicado en España permitirá que entre 500.000 y un millón de inmigrantes en situación irregular soliciten la legalización de su situación a partir del 16 de abril de 2026. La norma introduce dos figuras excepcionales de solicitud hasta el 30 de junio de 2026 y modifica el Reglamento de Extranjería. Se permitirá trabajar y residir provisionalmente desde el inicio del trámite de arraigo, facilitando el inicio de la relación laboral. Se flexibilizan las prórrogas de permisos, eliminando la necesidad de búsqueda de empleo en circunstancias justificadas como enfermedad o jubilación. Los estudiantes extranjeros podrán prorrogar sus permisos y los solicitantes de protección internacional tendrán facilidades para cambiar su situación administrativa.

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Inmigraci�nLas solicitudes telem�ticas podr�n presentarse a partir de este jueves 16 de abril, as� como la reserva de cita previa. Se atender� de forma presencial desde el pr�ximo lunes 20Ciudadanos marroqu�es hacen cola frente al consulado de Marruecos en Almer�a.Actualizado Mi�rcoles, 15 abril 2026 - 11:43Audio generado con IAEntre 500.000 y un mill�n de inmigrantes que permanecen en Espa�a de forma irregular podr�n presentar su solicitud para legalizar su situaci�n administrativa a partir de ma�ana. As� lo establece el Real Decreto por el que se aprueba la regularizaci�n extraordinaria, publicado este mi�rcoles en el Bolet�n Oficial del Estado (BOE).La norma, adem�s de introducir dos figuras excepcionales que podr�n solicitarse hasta el 30 de junio de 2026 por solicitantes de protecci�n internacional o personas en situaci�n irregular, introduce una serie de cambios en el Reglamento de Extranjer�a. Las solicitudes telem�ticas podr�n presentarse a partir de este jueves 16 de abril, as� como la reserva de cita previa, imprescindible para la presentaci�n presencial de las solicitudes, disponible desde el pr�ximo lunes 20.Una de las novedades m�s relevantes es la habilitaci�n provisional para trabajar y residir para los nuevos tipos de arraigo, as� como el arraigo sociolaboral, desde la comunicaci�n del inicio del tr�mite. Esto se incorpora "a efectos de facilitar el inicio de la relaci�n laboral y que la dilaci�n que pudiera existir hasta la resoluci�n del procedimiento no afecte al mantenimiento de la oferta de trabajo".En esta l�nea, el decreto tambi�n flexibiliza las pr�rrogas y modificaciones de autorizaciones anteriores. Por ejemplo, para modificar un permiso concedido por arraigo ya no ser� necesario acreditar la b�squeda activa de trabajo si existen "circunstancias justificadas que impidan el acceso al empleo" como "enfermedad o discapacidad o haber alcanzado la edad legal de jubilaci�n".A los estudiantes extranjeros se les prorrogar� la validez de su permiso para evitar vac�os legales, siempre que soliciten la misma en un periodo de cinco meses: dos antes de que caduque la autorizaci�n y tres despu�s de que lo haga.Los titulares de una autorizaci�n de protecci�n internacional por razones humanitarias ser�n habilitados para acceder al r�gimen general de modificaci�n de autorizaciones, lo que, a priori, significa que podr�n cambiar su situaci�n administrativa a otro tipo de residencia de forma m�s sencilla si cumplen los requisitos. Esta �ltima modificaci�n cobra especial importancia despu�s de que el Gobierno admitiera el cese de las concesiones de protecci�n temporal por razones humanitarias a los ciudadanos que provienen de Venezuela.El apoyo institucional y la facilitaci�n administrativa vertebtran el texto, teniendo en cuenta la "urgencia" con la que le Gobierno busca ejecutar este proceso extraordinario. A estos efectos, y para agilizar la tramitaci�n de las solicitudes previstas, el decreto habilita a la red de oficinas de Correos para "informar, ayudar y gestionar" la presentaci�n telem�tica de las solicitudes. Esta labor incluye la presentaci�n telem�tica de las solicitudes de autorizaci�n y, en su caso, la documentaci�n adicional o correcciones necesarias. Por otra parte, funcionarios de Tragsa y Tragsatec labores de apoyo t�cnico y canalizaci�n documental.Obligatorio no tener antecedentes penales para poder acogerse a la regularizaci�n de inmigrantes"Perspectiva de la infancia"El Gobierno incorpora la "perspectiva de la infancia" como un prisma desde el que concebir el texto con la intenci�n de reforzar la protecci�n del menor. Sus solicitudes se presentar�n y resolver�n de manera simult�nea a la de sus padres y, de resolverse favorablemente, tendr�n una validez de cinco a�os.De cara a su obtenci�n de autorizaciones de residencia, se flexibilizan los requisitos: ya no hace falta que los menores hayan permanecido en Espa�a durante los dos a�os anteriores a la presentaci�n de la solicitud; basta con los cinco meses anteriores a la misma.Tampoco ser� necesario que sus progenitores acrediten disponer de los medios econ�micos ni del alojamiento que normalmente se exige para la reagrupaci�n familiar.En la misma l�nea, se ampl�a la lista de familiares que pueden solicitar la residencia si se encuentran ya en Espa�a. A partir de ahora los hijos mayores de 18 a�os y ascendientes directos tambi�n podr�n hacerlo.
§ 06

Keywords & salience

8 terms
regularización inmigrantes
0.90
real decreto
0.80
inmigrantes irregulares
0.70
permiso de residencia
0.60
arraigo sociolaboral
0.60
protección internacional
0.50
boletín oficial del estado (boe)
0.40
extranjería
0.40
§ 07

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