La
Junta Electoral Central ha decidido suspender la utilización de las aplicaciones
MiDGT y
MiDNI por parte de los electores en el momento de depositar su voto, presencialmente o por correo, "hasta que se garantice que el control de la verificación de la identidad de los electores por estos sistemas es suficientemente segura". El PP había vuelto a pedir esta mañana que se denegase el uso de la versión digital del Documento Nacional de Identidad (DNI) para acreditarse a la hora de votar en unas elecciones, un mecanismo que la
Junta Electoral Central (JEC) autorizó inicialmente en septiembre de 2025 al considerar que incluye la foto del votante y es tan oficial como el documento físico. Desde la dirección del PP argumentaban en su petición que no puede bastar con mostrar el DNI digital, sino que debería abrirse la aplicación en el dispositivo móvil, generar un código QR único y verificarlo. Así lo planteó ya en las elecciones de
Aragón, pero la Junta Electoral de la comunidad no lo vio necesario al considerar suficiente la práctica actual de mostrar la imagen del DNI con su foto para identificar al votante. Los populares insistieron también en esta petición en vísperas de las elecciones de
Castilla y León, pidiendo a la JEC que sólo permitiera el DNI digital si en cada mesa electoral había un dispositivo con acceso a la aplicación que verificase el QR y la identidad. Sin embargo, el máximo órgano electoral, en una reciente resolución recogida por
Europa Press, desestimó esas peticiones y, tras recabar un informe del
Ministerio del Interior, recalcó al PP que el DNI digital, tal y como se usa, ya tiene todos los elementos que exige la ley para identificar al elector: nombre y apellidos, número de DNI y foto. Y en estos años no ha habido ningún problema con su uso. A su juicio, exigir el QR y la verificación supondría requerir más elementos de los que ofrece el DNI físico o el carné de conducir, "sin que exista una justificación para ello". Además, recalca que el uso de las tecnologías que propone el PP no siempre es posible en todos los colegios electorales de
España por motivos de cobertura, y tampoco sería factible distribuir dispositivos de lectura del código QR en todas las mesas electorales. Por tercera vez, ahora en vísperas de las elecciones andaluzas, el PP volvió a la carga insistiendo en que los partidos "deben disipar dudas" y evitar que se genere desconfianza en torno al sistema electoral, que a su juicio funciona bien sin necesidad de autorizar el uso del DNI digital. En esta ocasión, tras recibir los escritos presentados por la Consejería de la Presidencia de la Junta de
Andalucía y la Dirección General de Política Interior, la JEC ha aceptado la demanda y ha suspendido el uso de la versión digital del DNI "para asegurar al máximo la confianza de los ciudadanos en el sistema electoral". Así, ha resuelto "suspender la eficacia" de sus acuerdos anteriores, por los que se permitía la utilización de las aplicaciones
MiDGT y
MiDNI por parte de los electores en el momento de depositar su voto, presencialmente o por correo, "hasta tanto se garantice que el control de la verificación de la identidad de los electores por estos sistemas es suficientemente segura". La
Junta Electoral Central ha decidido suspender la utilización de las aplicaciones
MiDGT y
MiDNI por parte de los electores en el momento de depositar su voto, presencialmente o por correo, "hasta que se garantice que el control de la verificación de la identidad de los electores por estos sistemas es suficientemente segura".